¿Quieres tener tu propia empresa? Estos son los estrictos requisitos legales para lograrlo en República Dominicana

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La constitución de empresas en República Dominicana está regulada por varias leyes que obligan a registrar el nombre comercial, formalizar estatutos sociales, obtener el RNC y afiliarse a la seguridad social.

Santo Domingo.- Constituir una empresa en República Dominicana es un proceso regulado por distintas leyes que establecen obligaciones claras, desde el registro del nombre comercial hasta la inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social.

El primer paso es registrar el nombre comercial en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (Onapi). La Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial, en su artículo 72, dispone que “el derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por el primer uso comercial o industrial, pero sólo podrá hacerse valer después de haber sido registrado en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial”.

Luego, los interesados deben redactar los estatutos sociales y registrarlos en la Cámara de Comercio y Producción de su demarcación, para obtener el Registro Mercantil. La obligación se sustenta en la Ley No. 3-02 sobre Registro Mercantil, cuyo artículo 1 establece que “toda empresa organizada con fines de lucro deberá inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción correspondiente a su domicilio social”.

El siguiente paso es la inscripción en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a través del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). El Código Tributario, Ley 11-92, en su artículo 50, establece que “todas las personas jurídicas o entidades con personalidad jurídica deberán inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes”.

En materia laboral, el Código de Trabajo (Ley 16-92) en su artículo 15 señala que “los empleadores están obligados a inscribir a sus trabajadores en los sistemas de previsión social que establezca la ley”. Esta disposición se complementa con la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, cuyo artículo 18 obliga a toda empresa a registrarse en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

Finalmente, la Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley 31-11, regula las formas jurídicas que puede adoptar la empresa. El artículo 2 de esta normativa define que “la sociedad comercial es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a aportar bienes en común con el propósito de realizar actos de comercio y participar en las ganancias que resulten”. Entre las figuras más utilizadas se encuentran:

Cada una de estas estructuras jurídicas se acoge a requisitos específicos sobre capital social, administración y fiscalización, establecidos por la Ley 479-08.

En conclusión, los pasos legales para constituir una empresa en República Dominicana están respaldados por un marco normativo que abarca la propiedad industrial, el registro mercantil, las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social, así como las disposiciones propias de las sociedades comerciales.

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