Santo Domingo.– Luego de múltiples intentos frustrados a lo largo de dos décadas, el Congreso Nacional logró este jueves convertir en ley el controversial proyecto de modificación del Código Penal de la República Dominicana, una normativa que sustituirá al código vigente desde 1884 y heredado del modelo napoleónico francés de 1810.
El texto fue aprobado en segunda lectura por la Cámara de Diputados en la madrugada de este jueves y más tarde ratificado por el Senado, que acogió sin cambios el informe remitido por los diputados. La pieza, compuesta por 393 artículos, ahora pasa al despacho del presidente Luis Abinader para su eventual promulgación u observación.
Votación dividida, pero contundente
En la Cámara de Diputados, el proyecto fue respaldado por 159 votos a favor y solo cuatro en contra, tras un intenso proceso que incluyó más de 50 turnos de intervención y más de 150 modificaciones propuestas. Más tarde, en el Senado, la iniciativa recibió 26 votos positivos y uno en contra, emitido por el senador Antonio Taveras (PRM–Santo Domingo), quien expresó desconocer el contenido final avalado por los diputados.
¡RD tiene Código Penal!
Después de 20 años de trabajo legislativo, agotar una sesión de 16 horas seguidas ininterrumpidas, después de haber leído 404 artículos y sus modificaciones, podemos decir a viva voz que, hemos «Aprobado el Código Penal de la República Dominicana».… pic.twitter.com/HRrUODwGUQ
— Cámara de Diputados de la República Dominicana (@DiputadosRD) July 31, 2025
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El bloque de senadores de la Fuerza del Pueblo, integrado por Omar Fernández, Félix Bautista y Edwuard Espiritusanto, votó a favor sin emitir declaraciones ni solicitar turnos.
Una ley polémica, pero calificada como necesaria
Durante su intervención, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, reconoció que el texto es “perfectible”, pero defendió su aprobación afirmando que refleja mejor la realidad penal del país. “Quizás no será el código perfecto, pero sí el mejor código y el código auténtico de la República Dominicana”, declaró.
En la Cámara Baja, el presidente Alfredo Pacheco había explicado que, pese a ser partidario de las tres causales del aborto, votó a favor del proyecto por el valor histórico y estructural que representa. Múltiples legisladores expresaron posturas similares, señalando su deseo de “ser parte de la historia” y confiando en futuras mejoras durante el vacatio legis, el período de un año antes de su entrada en vigor.
Rechazo desde la sociedad civil y el gobierno
A pesar de su aprobación legislativa, el nuevo Código Penal ha sido blanco de críticas por parte de organizaciones sociales, juristas, colectivos feministas y figuras del propio gobierno. La primera dama Raquel Arbaje, junto a sus hijas Esther y Graciela, firmó un documento crítico, acompañado por más de mil profesionales dominicanos, en rechazo a aspectos como:
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La penalización absoluta del aborto, sin incluir las tres causales;
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La prescripción de delitos sexuales, incluso en casos de incesto y abuso a menores;
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Las barreras probatorias en violencia intrafamiliar;
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Y una definición restringida del feminicidio.
También la ministra de la Mujer, Mayra Jiménez, advirtió que el texto representa un retroceso en la protección de los derechos humanos, especialmente de mujeres y niñas.
Estas posiciones llevaron a un enfrentamiento público entre Pacheco y la familia presidencial. “Los aliados no se tratan como extraños”, reclamó el legislador, aludiendo al apoyo congresual brindado al presidente Abinader.
Nuevos delitos y penas endurecidas
La nueva Ley Orgánica contempla penas acumuladas de hasta 60 años para crímenes graves y endurece sanciones para delitos contra mujeres, niños y personas vulnerables. Además, introduce la tipificación de conductas antes no contempladas, tales como:
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Sicariato
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Acoso y bullying
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Terrorismo
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Clonación de tarjetas
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Carreras clandestinas
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Exhibicionismo
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Bloqueo de ambulancias
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Estafas piramidales
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Dopaje, entre otros
La última palabra la tiene el Poder Ejecutivo
Con el aval del Congreso Nacional, el proyecto ahora será evaluado por el presidente de la República, quien deberá promulgarlo o devolverlo con observaciones dentro de los plazos establecidos por la Constitución.
Según el artículo 101, si no se declara de urgencia, el Ejecutivo cuenta con diez días para promulgar la ley o hacer observaciones. De no hacerlo, el texto se reputará como promulgado y podrá ser publicado directamente por el presidente de la cámara que lo haya enviado.
Con información de Diario Libre y Listín Diario.
























